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Procédure collective

ELECTRO MUNTATGES ELECTRICS DE MALLORCA SL

CIF B07656820Voir la fiche société

Passif 287.523 €Actif 17 €
Publications
811/01/201409/10/2023
Procédure
1032/2013 · 742/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal09/10/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 1032/2013Ordonnance 17/10/2022

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Otro acto concursal09/10/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 1032/2013Juge : Berta Pellicer OrtizOrdonnance 17/10/2022

    Los acreedores de la concursada deben comunicar sus créditos en el plazo de 1 mes a la administración concursal en la dirección de correo electrónico [email protected], a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores.

  3. Otro acto concursal09/10/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 1032/2013Juge : EVA MARTINEZ QUESADAOrdonnance 03/02/2021

    Que en el procedimiento concursal número 350/2021, referente al deudor D. RAÚL ARROYO CALERO con NIF Nº 47.083.011-X, se ha presentado el informe de la Administración Concursal,junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores

  4. Otro acto concursal10/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 1032/2013Juge : LORENA AFRICA SANCHEZ CASANOVAOrdonnance 03/02/2021

    En el concurso 68/2020 se ha puesto de manifiesto el 22.12.21, el plan de liquidación del concursado Agrises Almoradiel SL. El deudor y los acreedores podrán formular alegaciones o propuestas de modificación en el plazo de 15 días,

  5. Conclusión del concurso10/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 1032/2013Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINOrdonnance 17/10/2022

    Auto de declaración y simultanea conclusión del mismo

  6. Declaración de concurso22/04/2014
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAOrdonnance 16/04/2014

    Don José Luis Garrido de Frutos, Secretario Judicial de Jdo. de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 0001032 /2013D y NIG n.º 07040 47 1 2013 0001535 se ha dictado en fecha 11/2/14 auto de declaración de concurso del deudor ELECTRO MUNTATGES ELECTRICS DE MALLORCA SL, con CIF B-07656820, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Marqués de la Fontsanta, 51, bajos, de Palma de Mallorca. 2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada. 3.º Se ha nombrado administrador de dicho concurso a la mercantil Torres y Quetglas Asociados, S.L, con CIF B-07709660, en cuyo nombre el abogado y auditor D. Francisco Javier Torres Herrera ha aceptado el cargo con fecha 16 de abril de 2014. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal c/ Reina Mª Cristina, 2-1.º 07004 Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 16 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.

  7. Declaración de concurso01/03/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 742/2013Ordonnance 19/12/2013

    Don Esteban Martínez Rovira, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, Hace saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 742/2013-A (NIG: 07040 47 1 2013/0001530) se ha dictado en fecha 19 de diciembre de 2013 Auto de declaración de Concurso Voluntario abreviado de la deudora ELECTRO I FERRER INVERSIONS, S.L., con CIF n.º B-07656820, y domicilio en calle Aragó, núm. 216, bajos, de Palma. 2.º Se ha nombrado Administrador Concursal al Abogado doña ANTONIA AUTENELL AEBI, Administradora concursal designado en este concurso, con domicilio profesional en la calle Galera, n.º 9, 1.º piso, 07002 de Palma de Mallorca, y dirección de correo electrónico [email protected]. 3.º En fecha 3 de febrero de 2014, la Administración Concursal advirtió que en el presente procedimiento consta un CIF de la concursada equivocado. 4.º Por Auto de fecha 12 de febrero del año 2014 se rectifica el Auto dictado en fecha 19 de diciembre de 2013 en el seno del Concurso Abreviado núm. 742/2013, seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Palma, en sentido de que el CIF de la concursada quede sustituido por la siguiente: B-07947339. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. 5.º Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 19 de febrero de 2014.- El Secretario judicial.

  8. Declaración de concurso11/01/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 742/2013Ordonnance 07/01/2014

    Doña Francisca Frontera LLompart, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, hace saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 742/2013-A (NIG: 07040 47 1 2013/0001530) se ha dictado, en fecha 19.12.2013, Auto de Declaración de Concurso Voluntario abreviado de la deudora Electro i Ferrer Inversions, S.L., con CIF n.º B-07656820 y domicilio en C/Aragó, núm. 216, bajos, de Palma. 2.º-Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de la concursada. 3.º-Se ha nombrado Administradora Concursal a la abogada doña Antonia Autenell Aebi, Administradora concursal designada en este concurso, con domicilio profesional en la calle Galera, n.º 9, 1.º piso, 07002 de Palma de Mallorca, y dirección de correo electrónico [email protected]. 4.º-Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. 5.º-Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 7 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.