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Procédure collective
ELECTROMED SISTEMAS SL
CIF B53422242Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 02/03/2016 → 24/09/2021
- Procédure
- 991/2015
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal24/09/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 991/2015Juge : MARÍA CAROLINA SERRANO GÓMEZOrdonnance 23/02/2021
Informe de la Administración concursal
- Conclusión del concurso24/09/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 991/2015Juge : CESAR SUAREZ VAZQUEZOrdonnance 23/02/2021
Declaro que este órgano es competente y tengo por realizada la comunicación del inicio de negociaciones entre la parte demandante y sus respectivos acreedores pàra alcanzar un acuerdo de refinanciación.
- Declaración de concurso18/03/2021⚖️ ALICANTEOrdonnance 24/02/2021
Don Arturo Hernández Beltrán, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, en funciones de sustitución, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado [CNA] - 000991/2015 sobre declaración de concurso de la mercantil Electromed Sistemas, Sociedad Limitada, con domicilio en Plaza Altozano, número 4, bajo, Alicante 03010, y Código de identificación fiscal número B-53422242, se ha dictado auto de fecha veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, que es firme y que contiene, entre otros, los siguientes pronuniciamientos: "La conclusión del presente procedimiento concursal, por insuficiencia de masa activa. Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores. Se declara la extinción de la entidad mercantil Electromed Sistemas, S.L., en liquidación, y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Publíquese la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda. Notifíquese a las partes personadas y a la Administración Concursal, haciéndoles saber que contra esta resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno (artículo 481.1 del TRLC). Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, don Leandro Blanco García-Lomas, Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, en funciones de sustitución del Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante. DILIGENCIA: Seguidamente se cumple lo ordenado, de lo que doy fe. ". Alicante, 24 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Arturo Hernández Beltrán.
- Otro acto concursal02/03/2016⚖️ ALICANTEOrdonnance 08/02/2016
Doña María Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado - 000991/2015 - D en los que se ha dictado, con esta fecha, Auto declarando en estado de concurso Voluntario a Electromed Sistemas, Sociedad Limitada, con domicilio en plaza Altozano, número cuatro, bajo, Alicante.03010, código de identificación fiscal número B-53422242, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Facultades: Se decreta la Intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado. Identidad de la Administración Concursal: D. Ernesto Plá Oncina, y con domicilio en avenida General Marvá, número veintitrés, entresuelo, 03005 Alicante, teléfonos 965.12.38.99-965.98.63..06, fax número 965.98.41.05. [email protected] Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 8 de febrero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.