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Procédure collective
ELECTRO VENTAS ARCHIPIELAGO SOCIEDAD LIMITADA
CIF B35141043Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 15/10/2013 → 23/07/2020
- Procédure
- 224/2013
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal23/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 224/2013Juge : ANA SANCHO ALPAÑESOrdonnance 02/03/2020
DECLARACIÓN DE CONCURSO CONSECUTIVO VOLUNTARIO; APERTURA FASE LIQUIDACIÓN Y FORMACIÓN DE SECCIONES 2ª,3ª y 4ª.
- Conclusión del concurso23/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 224/2013Ordonnance 02/03/2020
Auto de conclusión de concurso
- Declaración de concurso09/03/2020⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 224/2013Ordonnance 02/03/2020
D. Fernando Pérez Polo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 2 de Las Palmas, por el presente hace saber que, en el procedimiento concursal n.º 224/2013, seguido a instancia de la Procuradora doña Lidia Sainz de Aja Curbelo, en nombre y representación de la entidad Electroventas Archipiélago S.L., con CIF B-35141043, se ha dictado Auto de fecha 2 de marzo de 2020, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: 1.- Declarar la conclusión del concurso de la deudora Electroventas Archipiélago, S.L.. con CIF B-35141043, por inexistencia de bienes (176 bis LC). 2.- Archivar las actuaciones. 3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5.- La extinción de la entidad concursada Electroventas Archipiélago, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda. Las Palmas de Gran Canaria, 4 de marzo de 2020.- Letrado de la Administracíón de Justicia, D. Fernando Pérez Polo.
- Conclusión del concurso04/03/2020⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 224/2013Juge : GUILLERMO FERNÁNDEZ GARCÍAOrdonnance 02/03/2020
se declara conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y disolución de la concursada
- Declaración de concurso27/02/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaOrdonnance 17/02/2014
EDICTO Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente, se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000224/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de ELECTROVENTAS ARCHIPIELAGO S.L. y CIF n.º B35141043, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 17 de febrero de 2014.- Secretario Judicial.
- Declaración de concurso15/10/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 224/2013Ordonnance 19/09/2013
Edicto. D.ª Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 224/2013, seguido a instancias del Procurador/a D.ª Lidia Sainz de Aja Curbelo, en nombre y representación de Electroventas Archipiélago, S.L., se ha dictado Auto el día 19 de septiembre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Electroventas Archipiélago, S.L. con CIF n.º B35141043, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". Se designan como Administradora del concurso a D.ª Ana Berta de la Guardia Salom como Titulado Mercantil, el cual ha designado como domicilio profesional el de c/ Clavel, n.º 2, 1.º, 35002 Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928.23.30.14 y fax 928.24.62.58, así como dirección electrónica [email protected]. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda su Intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 3 de octubre de 2013.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.