Procédure collective
ELECTROWAT SL
CIF B84399799Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 15/03/2012 → 11/12/2012
- Procédure
- 110/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación11/12/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 110/2012Ordonnance 20/11/2012
Edicto. Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la L.C., Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 110/2012 referente al concursado Electrowat, S.L.U., con C.I.F.: B-84399799, por auto de fecha 20 de noviembre del 2012 se ha acordado lo siguiente: 1.º Abrir la fase de liquidación del concurso. 2.º La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC, que serán sustituidas por la Administración concursal. 3.º Se declara la disolución de la concursada. Madrid, 20 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal15/03/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 110/2012Ordonnance 02/03/2012
Edicto. Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 110/2012 se ha dictado auto por el Magistrado D. Antonio Pedreira González, de fecha 2 de Marzo de 2012 en el concurso voluntario abreviado al deudor ELECTROWAT, S.L.U., con N.I.G. 28079100015362012 y C.I.F.: B-84399799. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. - La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal al abogado D. MANUEL IGNACIO SUERO SILVA, con DNI: 28545301-R con despacho profesional y domicilio para la comunicación de créditos en la calle Castelló, n.º 95, 2.º-D, en Madrid, 28006 y correo electrónico [email protected]. - No producirá efectos la comunicación de creditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.). Madrid, 2 de marzo de 2012.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.