Procédure collective
EMBASSY SL
CIF B28087724Voir la fiche société →
- Publications
- 8 — 21/11/2017 → 21/12/2023
- Procédure
- 781/2017
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal21/12/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 781/2017Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 27/10/2023
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal21/12/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 781/2017Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 27/10/2023
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso21/12/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 781/2017Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 27/10/2023
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso31/10/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 781/2017Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 27/10/2023
AUTO DE CONCLUSION CORCURSO.
- Otro acto concursal28/05/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 781/2017Juge : CARLOS NIETO DELGADOOrdonnance 24/04/2020
AUTO DE APROBACION DEL PLAN DE LIQUIDACION Y FORMACION DE LA SECCION SEXTA
- Otro acto concursal05/09/2019⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 781/2017Juge : CARLOS NIETO DELGADOOrdonnance 23/07/2019
PLAN DE LIQUIDACION
- Apertura de liquidación02/07/2019⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 781/2017Juge : CARLOS NIETO DELGADOOrdonnance 08/05/2019
APERTURA FASE LIQUIDACIÓN, SUSPENSION FACULTADES ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICION CONCURSADO PATRIMONIO. DISUELTA LA ENTIDAD.
- Otro acto concursal21/11/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridProc. 781/2017Ordonnance 16/11/2017
EDICTO DOÑA CRISTINA POUSA BLASCO, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el Concurso Voluntario Ordinario número 781/2017, por auto de fecha 19 de octubre de dos mil diecisiete, se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil EMBASSY, S.L., con C.I.F. B-28087724, cuyo centro de sus principales intereses lo tiene en Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal Don Enrique LLopis Millán con domicilio en la Calle Goya, nº15, 1º, 28001 Madrid, Teléfono: 915341480 Fax: 915347791. dentro del ámbito territorial del Juzgado. Así como correo electrónico para la comunicación de créditos: [email protected] 4.-El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 16 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.