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Procédure collective

EMREU 2003 SA

CIF A18667691Voir la fiche société

Publications
202/10/201007/02/2025
Procédure
275/2010
Tribunal
Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso07/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 275/2010Juge : PIEDAD LLOR MADRIDOrdonnance 28/01/2025

    Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad Emreu 2003 SA. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.

  2. Otro acto concursal02/10/2010
    ⚖️ GRANADAOrdonnance 29/06/2010

    Edicto El Juzgado de Primera Instancia número 14 y Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 275/10, por auto de 07/05/10 se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor "Emreu 2003, S.A.", con CIF A-18667691 y domicilio en Plaza del Campillo nº 2 - 7º B y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos a través de correo certificado o cualquier otro medio que acredite su recepción a la siguiente dirección: Administración Concursal de "Emreu 2003, S.A." - D. Pedro Maza Vera, Domicilio: C/ Gran Vía de Colón, 10 - 6º A 18010 Granada. Cuarto.- La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Granada, 29 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.