Procédure collective
ENERGOYA SL
CIF B87001947Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 28/10/2020 → 05/07/2023
- Procédure
- 54/2020
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal05/07/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 54/2020Juge : MARIA CAMPOY VIVANCOSOrdonnance 26/06/2023
LAS RESOLUCIONES QUE TRAIGAN CAUSA DEL CONCURSO SE PUBLICARAN EN LA SIGUIENTE DIRECCION ELECTRONICA DEL REGISTRO PUBLICO CONCURSAL WWW.PUBLICIDADCONCURSAL.ES
- Otro acto concursal05/07/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 54/2020Juge : DOÑA ISABEL NICASIO JARAMILLOOrdonnance 26/06/2023
TENER POR PRESENTADA LA COMUNICACIÓN
- Conclusión del concurso14/01/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 54/2020Juge : EVA ALBA PULIDOOrdonnance 26/06/2023
Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario referente al concursado SERHOCA SL, con CIF B23236961, se ha puesto de manifiesto en esta Oficina Judicial el día 13/01/2022 el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado.
- Otro acto concursal16/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 54/2020Juge : (LAJ) CRISTINA MARÍA VALERO DOMENECHOrdonnance 20/10/2020
Se ha recibido por el Juzgado comunicación de fecha 18/5/2020 por el deudor NAU URBANA PARKING ALAQUAS del inicio de negociaciones prevista en el artículo 5 bis de la LC.
- Otro acto concursal28/10/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridProc. 54/2020Ordonnance 23/10/2020
E D I C T O D.ª Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 54/2020 por auto de 20/09/2020 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor ENERGOYA SL con CIF B87001947, con domicilio en Madrid, Calle Orense n.º 27, 5.º derecha, escalera B. 2º.- Que el deudor mantiene las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, CONCURSALEX SLP con domicilio en Calle Fernán González n.º 36, 5.º de Madrid 28009, teléfono 616204127 y correo electrónico [email protected] a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 256 de la TRLC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración Concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el «Boletín Oficial del Estado». No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512 TRLC). Madrid, 23 de octubre de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, Verónica Calvo Moreno.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.