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Procédure collective

ENERTHINK SA EN LIQUIDACION

CIF A85591022Voir la fiche société

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127/11/201227/11/2012

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso27/11/2012
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 13/11/2012

    Edicto. Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal. Anuncia: 1. Que en el concurso número de autos 446/12, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 0006222 /2012, por auto de 13 de noviembre de 2012, se ha declarado en concurso necesario, tramitado como abreviado, a Enerthink, S.A. con CIF n.º A85591022, y domicilio en Madrid, Plaza Conde del Valle Suchill, 3. 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso 3. Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la administración concursal que se designará al efecto 4. La identidad de la administración concursal es don Julio Herce Casado el domicilio postal de la misma calle Eugenio Salazar, n.º 12, 1º-A, Madrid, y la dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este Juzgado se tendrán por no comunicados. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado Madrid, 13 de noviembre de 2012.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.