AccueilJusticeENNE DIGITAL ENTERTAINMENT STUDIOS SL

Procédure collective

ENNE DIGITAL ENTERTAINMENT STUDIOS SL

CIF B37445376Voir la fiche société

Publications
1116/10/201210/05/2021
Procédure
212/2012
Tribunal
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA · PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal10/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA Proc. 212/2012Juge : CARLOS CEBALLOS NORTEOrdonnance 22/04/2021

    Comunicar la presentación del Informe a los personados en el concurso, haciéndoles saber que pueden examinarlo en la secretaría del tribunal.

  2. Otro acto concursal10/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA Proc. 212/2012Juge : RAFAEL FLUITERS CASADOOrdonnance 22/04/2021

    Conclusión concurso por insuficiencia masa activa y concesión al deudor de manera definitiva el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

  3. Otro acto concursal10/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA Proc. 212/2012Juge : MARCOS BERMUDEZ AVILAOrdonnance 22/04/2021

    Declara el Concurso de acreedores persona física. Apertura de la fase de liquidación. Plazo para impugnar en 10 días inventario o lista de acreedores. Nombra administrador concursal.

  4. Apertura de liquidación04/05/2021
    ⚖️ SALAMANCAOrdonnance 22/04/2021

    Edicto. El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 212/12 referente al deudor Enne Digital Entertainment Studios, S.L., con C.I.F. número B-37445376, mediante Auto firme de fecha 22 de abril de 2021 se ha acordado: 1.- La conclusión del concurso de acreedores del deudor Enne Digital Entertainment Studios, S.L. por finalización de la Fase de Liquidación. 2.- El cese de las limitaciones de las facultades de Administración y disposición del deudor subsistentes hasta el momento. 3.- Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 483, 484 y 485 del Texto refundido de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica Enne Digital Entertainment Studios, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. 4.- El cese de la Administración Concursal. Salamanca, 28 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Javier Iglesias Martín.

  5. Conclusión del concurso28/04/2021
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 212/2012Juge : MARIA JESUS MARTIN GARCIAOrdonnance 22/04/2021

    Se acuerda la conclusión del concurso de acreedores del deudor Enne Digital Entertainment Studios, S.L. por finalización de la Fase de Liquidación.

  6. Conclusión del concurso30/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA Proc. 212/2012Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTÍNOrdonnance 22/04/2021

    AUTO DE DECLARACIÓN Y CONCLUSIÓN DEL CONCURSO

  7. Otro acto concursal10/11/2016
    ⚖️ SALAMANCAOrdonnance 28/10/2016

    Edicto El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal Concurso voluntario abreviado número 212/12 referente a la entidad en concurso Enne Digital Entertainment Studios, S.L., con C.I.F. B-37445376 se ha puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el Plan de Liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal. 2. El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el Plan, formular observaciones o propuestas de modificación al mismo. Salamanca, 28 de octubre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

  8. Apertura de liquidación17/10/2016
    ⚖️ SALAMANCAOrdonnance 04/10/2016

    Edicto. El Juzgado de 1.ª Instancia y Mercantil de Salamanca, anuncia, Que en el procedimiento concursal número 212/12 referente a la mercantil ENNE DIGITAL ENTERTAINMENT STUDIOS, S.L., por Auto de fecha 4 de octubre de 2016, se ha acordado lo siguiente: 1. Cerrar la fase común y abrir la Fase de Liquidación del concurso. 2. Suspender de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, siendo sustituido por el Administrador Concursal. 3. Declarar disuelta la mercantil deudora Enne Digital Entertainment Studios, S.L., con CIF B-37445376, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por el Administrador Concursal. Salamanca, 4 de octubre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

  9. Otro acto concursal13/02/2013
    ⚖️ SALAMANCAProc. 212/2012Ordonnance 01/02/2013

    Edicto El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal Concurso Necesario número 212/2012 referente al deudor Enne Digital Entertainment Studios, S.L., con CIF número B-37445376, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el BOE, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Salamanca, 1 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

  10. Otro acto concursal11/12/2012
    ⚖️ SALAMANCAProc. 212/2012Ordonnance 23/11/2012

    Edicto. El Juzgado Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 212/2012, por auto de 1-10-2012 se declaró en concurso necesario al deudor Enne Digital Entertainment Studios, S.L., titular del N.I.F. número B-37445376, y con domicilio social en Salamanca, calle Lagunas de Villafáfila, 35-39, P.I. El Montalvo II, que coincide con el centro de sus intereses principales. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Los acreedores que ya hubieren comunicado su crédito, no deberán volver a hacerlo. 4.º La Administración concursal designada es el Letrado don Eduardo Iscar Álvarez, con dirección postal en C/ Correhuela, n.º 4, 1.º Izqda., C.P. 37001 de Salamanca, y que su dirección electrónica a efectos del presente concurso es [email protected]. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Salamanca, 23 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

  11. Otro acto concursal16/10/2012
    ⚖️ SALAMANCAProc. 212/2012Ordonnance 02/10/2012

    Edicto. El Juzgado Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 212/2012, por auto de 1-10-2012, se ha declarado en concurso necesario al deudor Enne Digital Entertainment Studios, S.L., titular del C.I.F. número B-37445376 y con domicilio social en Salamanca, calle Lagunas de Villafáfila, 35-39, P.I. Montalvo II. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Una vez que se aporte la documentación requerida al deudor, se hará la oportuna convocatoria a los acreedores para que procedan a la insinuación de sus créditos. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Salamanca, 2 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.