AccueilJusticeENOTECA CASA BERNAL SL

Procédure collective

ENOTECA CASA BERNAL SL

CIF B30506570Voir la fiche société

Publications
221/04/201130/06/2011
Procédure
43/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal30/06/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de MurciaProc. 43/2011Ordonnance 13/06/2011

    Edicto. Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Murcia, anuncia: 1. Que en el número sección I declaración del concurso 43/2011, referente a la deudora "Enoteca Casa Bernal, S.L." con CIF B-30506570, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC). Murcia, 13 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso21/04/2011
    ⚖️ MURCIAProc. 43/2011Ordonnance 10/03/2011

    Edicto. Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración del concurso 43/2011, con CIF B-30506570, se ha dictado a instancias de "Enoteca Casa Bernal, S.L." en fecha 10 de marzo de 2011 auto de declaración de concurso voluntario de dicha mercantil, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Murcia. 2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la concursada quedan suspendidas, por tener solicitada la liquidación, siendo la deudora sustituida por la administración concursal. 3.º Ha sido designado Administrador concursal don Francisco Cánovas Cánovas, con despacho profesional en Avda. Bastarreche, núm. 6, de Alhama de Murcia (Murcia), y teléfono 968636008. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse en la Ciudad de la Justicia, fase I, Servicio General, Sección 1.ª, Registro y Reparto, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 de la Ley Concursal). Murcia, 5 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.