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Procédure collective

ERILL SERVEIS LLEIDA SL EN LIQUIDACION

CIF B25402702Voir la fiche société

Publications
305/10/201314/03/2025
Procédure
367/2013 · 22/2003
Tribunal
Primera instancia/Mercantil - 6
Administrateur judiciaire
D/ Dña.- Obiols y Bellart, S.L.P

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso14/03/2025
    ⚖️ Primera instancia/Mercantil - 6Proc. 367/2013Juge : Eduardo Enrech LarreaOrdonnance 11/03/2025

    Conclusión y archivo del concurso de ERILL SERVEIS LLEIDA SL con CIF B25402702.

  2. Otro acto concursal18/12/2024
    ⚖️ Primera instancia/Mercantil - 6Proc. 367/2013Juge : Eduardo Enrech LarreaOrdonnance 20/11/2024

    Publicidad por 15 días de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal de Erill Serveis Lleida SL con CIF B25402702.

  3. Declaración de concurso05/10/2013
    ⚖️ LLEIDAProc. 22/2003Ordonnance 05/09/2013

    Don Antonio Casas Capdevila, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Lleida, dicto, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Juzgado: De lo Mercantil número 1 de Lleida. Número de asunto: 367/2013. Tipo de concurso: Voluntario y abreviado. Entidad concursal: Erill Serveis Lleida, S.L. con domicilio en c/ Paseo de Ronda, 30, 1.º B, 25003 Lleida (Lleida), con CIF núm. B25402702 e inscrita en el Registro Mercantil de Lleida. Fecha del auto de declaración: 5 de septiembre de 2013. Administradores concursales: D/ Dña.- Obiols y Bellart, S.L.P. como Auditores, con domicilio en Lluis Companys, 1, 5.º 2.ª de Lleida, teléfono 973 283044. Correo Electrónico: [email protected] Facultades del concursado: Intervenidas. Plazo para la comunicación de créditos: Disponen de un plazo de un mes desde la publicación de este edicto para comunicar a este Juzgado de lo Mercantil, la existencia de sus créditos. Lleida, 5 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.