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Procédure collective
ERILL SERVEIS LLEIDA SL EN LIQUIDACION
CIF B25402702Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 05/10/2013 → 14/03/2025
- Procédure
- 367/2013 · 22/2003
- Tribunal
- Primera instancia/Mercantil - 6
- Administrateur judiciaire
- D/ Dña.- Obiols y Bellart, S.L.P
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso14/03/2025⚖️ Primera instancia/Mercantil - 6Proc. 367/2013Juge : Eduardo Enrech LarreaOrdonnance 11/03/2025
Conclusión y archivo del concurso de ERILL SERVEIS LLEIDA SL con CIF B25402702.
- Otro acto concursal18/12/2024⚖️ Primera instancia/Mercantil - 6Proc. 367/2013Juge : Eduardo Enrech LarreaOrdonnance 20/11/2024
Publicidad por 15 días de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal de Erill Serveis Lleida SL con CIF B25402702.
- Declaración de concurso05/10/2013⚖️ LLEIDAProc. 22/2003Ordonnance 05/09/2013
Don Antonio Casas Capdevila, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Lleida, dicto, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Juzgado: De lo Mercantil número 1 de Lleida. Número de asunto: 367/2013. Tipo de concurso: Voluntario y abreviado. Entidad concursal: Erill Serveis Lleida, S.L. con domicilio en c/ Paseo de Ronda, 30, 1.º B, 25003 Lleida (Lleida), con CIF núm. B25402702 e inscrita en el Registro Mercantil de Lleida. Fecha del auto de declaración: 5 de septiembre de 2013. Administradores concursales: D/ Dña.- Obiols y Bellart, S.L.P. como Auditores, con domicilio en Lluis Companys, 1, 5.º 2.ª de Lleida, teléfono 973 283044. Correo Electrónico: [email protected] Facultades del concursado: Intervenidas. Plazo para la comunicación de créditos: Disponen de un plazo de un mes desde la publicación de este edicto para comunicar a este Juzgado de lo Mercantil, la existencia de sus créditos. Lleida, 5 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.