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Procédure collective

ESCAYOLAS LA EXTREMEÑA SOCIEDAD ANONIMA

CIF A06027270Voir la fiche société

Publications
314/03/201723/02/2021
Procédure
50/2017
Tribunal
BADAJOZ MERCANTIL 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/02/2021
    ⚖️ BADAJOZ MERCANTIL 1Proc. 50/2017Juge : LUCIA MARTINEZ OREJASOrdonnance 14/06/2017

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  2. Conclusión del concurso23/02/2021
    ⚖️ BADAJOZ MERCANTIL 1Proc. 50/2017Juge : FLORENCIO MOLINA LOPEZOrdonnance 14/06/2017

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  3. Declaración de concurso14/03/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BadajozOrdonnance 09/03/2017

    Edicto D.ª LUCÍA PECES GÓMEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 0000050/2017, se ha dictado en fecha 07-03-2017, auto de declaración de concurso voluntario del deudor ESCAYOLAS LA EXTREMEÑA, S.A., con C.I.F.: A-06027270, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Barriada de Llera, c/ del Acebo, n.º 2, 06011 Badajoz. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a ANTONIO JESÚS DORREY TORRES, con D.N.I. número 07.013.118-G, mayor de edad, con domicilio profesional en calle Antonio de Chaves, 1-5.º-B de Badajoz, y dirección de correo electrónico [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deberán dirigirse directamente a la Administración Concursal. En caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito dirigido para tal fin. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). 5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Badajoz, 9 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.