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Procédure collective

ESPAÑOLA DE PLV SA

CIF A28902567Voir la fiche société

Publications
223/10/201024/01/2011
Procédure
354/2010
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal24/01/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 354/2010Ordonnance 23/12/2010

    Edicto Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 354/2010 referente al deudor ESPAÑOLA DE PLV, S.A., con CIF n.º A-28902567, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el Tablón de Anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 23 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal23/10/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 10 de MadridProc. 354/2010Ordonnance 14/10/2010

    Edicto Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento nº 354/2010 por auto de fecha 14 de octubre de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Española de PLV, S.A., con CIF nº A-28902567, con domicilio en C/ Araucarias, nº 2, de Galapagar, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC). Madrid, 14 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.