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Procédure collective
ESQUIME COMERCIAL SL
CIF B50307800Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 11/02/2012 → 01/10/2012
- Procédure
- 430/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso01/10/2012⚖️ ZARAGOZAProc. 430/2011Ordonnance 18/09/2012
EL Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia: Primero. Que en el procedimiento concursal número 430/2011-G, se ha dictado Auto de fecha 18-9-2012, de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos de la concursada "Esquime Comercial S.L", CIF n° B-50307800, con domicilio en Polígono San Gregorio Nave 8 de Cadrete (Zaragoza), no existiendo asimismo acciones viables de reintegración de la masa activa, ni de responsabilidad de terceros pendientes de ser ejercitadas. Segundo. En dicho Auto, se ha acordado el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal así como el cese del Administrador concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero. En dicho Auto se ha acordado la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno. Zaragoza, 18 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Apertura de liquidación27/03/2012⚖️ ZARAGOZAProc. 430/2011Ordonnance 15/03/2012
EL Juzgado de lo Mercantil número 2 Zaragoza, anuncia: Que en la Sección I Declaración Concurso 430/2011-G, referente al concursado deudor Esquime Comercial, S.L con CIF B-50307800 y domicilio en Polígono San Gregorio Nave 8 de Cadrete (Zaragoza), por auto de fecha 8-3-2012 se ha acordado lo siguiente: 1. Se acuerda la apertura de la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la Sociedad Esquime Comercial, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados consistentes en dinero, así como la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 5. Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la LC. Zaragoza, 15 de marzo de 2012.- La Secretario Judicial.
- Convenio de acreedores11/02/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de ZaragozaProc. 430/2011Ordonnance 25/01/2012
D.ª Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, Por el presente, hago saber: 1. Se ha declarado concurso que se sigue con el n.° 430/2011G, y NIG 50297 47 1 2011 0000899. 2. Carácter del concurso: Voluntario y Abreviado. 3. Fecha de declaración: 10-1-2012. 4. Deudor en concurso: ESQUIME COMERCIAL, S.L., CIF B-50307800, con domicilio en Polígono San Gregorio, Nave 8, Cadrete (Zaragoza). 5. Facultades de administración: Intervenidas. 6. No se ha solicitado la liquidación ni se ha presentado propuesta anticipada de convenio. 7. Administración concursal: Alejandro Odriozola Navarro. Domicilio postal: Avda. de las Torres, n.° 35, esc. dcha. 2.°, 2.ª, 50007 Zaragoza. Dirección de correo electrónico: [email protected]. 8. Plazo de comunicación de créditos: 15 días directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior. Zaragoza, 25 de enero de 2012.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.