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Procédure collective

ESTAGAS SL

CIF B53122057Voir la fiche société

Publications
306/03/201424/03/2014
Procédure
1/2009 · 110/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación24/03/2014
    ⚖️ ALICANTEProc. 1/2009Ordonnance 12/03/2014

    Edicto Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, Anuncia: Que en el poceso concursal número 110/14, seguido contra la mercantil Estagas, S.L., con CIF: B-53122057, y domicilio social en Elda (Alicante), calle Almafrá, sin número, se dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al Auto de apertura de fase de liquidación de fecha 12 de marzo de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva: 1.º Se decreta la apertura de la fase de liquidación. 2.º Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor Estagas, S.L., sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 3.º Se declara la disolución de la mercantil concursada Estagas, S.L., con CIF: B-53122057, y con domicilio en Elda (Alicante), calle Almafrá, sin número, así como en todo caso el cese de los Administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte 4.º Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 5.º Preséntese por la Administración concursal en el plazo de 15 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararán los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal. Modo de impugnación. Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días, previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto «pago recurso de apelación», sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC. y disposición adicional decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre). Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe. Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario. Alicante, 12 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal19/03/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteProc. 110/2013Ordonnance 21/02/2014

    Edicto Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Que mediante Edicto de fecha 21 de febrero de 2014, publicado en el Boletín Oficial del Estado en fecha 6 de marzo de 2014, en el apartado Primero, se comunicó la declaración en concurso voluntario abreviado de la mercantil ESTAGAS, S.L., con CIF B-53122057, haciéndose constar que el número de autos era 110/2013, cuando en realidad debía decir que el número de autos es 110/2014. Alicante, 6 de marzo de 2014.- La Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal06/03/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteProc. 110/2013Ordonnance 14/02/2014

    Edicto Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.-Que por Auto de fecha 14 de febrero de 2014, en el procedimiento con número de autos 110/2013 y N.IG.03014-66-2-2014-0000255 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Estagas, S.L., con CIF B-53122057 y domicilio en Elda (Alicante), calle Almafra, sin número. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 1928, Folio 73, Sección 8, Hoja A-38380. Segundo.-Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal la mercantil Calero, Guillen, Matoses Servicios Profesionales, S.L., con CIF B-98394992, en su condición de mercantil profesional del área jurídica, con domicilio postal en Avda. Salamanca, n.º 15, 2.º B, 03005 Alicante, teléfono 963529900 y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, habiendo designado para que le represente en el ejercicio de su cargo a don Santiago Guillen Grech, con DNI n.º 29197753N, en calidad de Abogado. Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 21 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.