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Procédure collective
ESTAMPADOS PRATS SL
CIF B03034501Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 08/06/2010 → 16/11/2013
- Procédure
- 11/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Alicante
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso16/11/2013⚖️ ALICANTEProc. 11/2013Ordonnance 05/11/2013
Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente, anuncio: Que en el concurso ordinario 492/09, seguido en este Órgano Judicial, a instancia de la Procuradora Sra. M.ª Jesús Caro Rodríguez, en nombre y representación de Estampados Prats, S.L., inscrita al tomo 257 general, libro 56 de la sección 2.ª, folio 161, hoja 1.433, inscripción 1.ª con C.I.F. número B-03034501, con domicilio en Cocentaina, carretera Alcudia, n.º 18, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 5/11/2013, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva 1. Se declara concluso el concurso de acreedores de Estampados Prats, S.L. 2. El deudor Estampados Prats, S.L. queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Estampados Prats, S.L. que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4. Se acuerda la extinción de Estampados Prats, S.L., inscrita al tomo 257 general, libro 56 de la sección 2.ª, folio 161, hoja 1.433, inscripción 1.ª con C.I.F. número B-03034501, con domicilio en Cocentaina, carretera Alcudia, n.º 18, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 11/09/13. 6. Se acuerda el cese de lo Administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177). Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo. Sr. don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe. Alicante, 5 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Apertura de liquidación08/06/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 1 de AlicanteOrdonnance 19/05/2010
Don Virginio Sanchez Barberan, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Alicante, Por el presente, hago saber: Que se en el presente procedimiento se ha dictado resolución en cuya parte dispositiva aparecen los siguientes particulares: Parte dispositiva: 1. Se acuerda poner fin a la fase comun. 2. Se decreta la apertura de la fase de liquidacion y apórtese testimonio del inventario de Ia masa activa que consta en el informe de defiinitivo 3. Se acuerda la suspensión de Ias facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio con todos los efectos previstos en el Título Ill de la Ley Concursal. 4. Se declara la disolución de la mercantil "Estampados Prats, S.L.", con C.I.F. n.° B03034501, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la la administración con cursal. 6. Preséntese por la Administraciôn concursal en el plazo de 15 días plan de liquidación previsto en el art.148 LC debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoracíon y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenacion. 7 Procedase a la formacion de la Sección Sexta de calificacion del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 LC, asI como informe de la administración concursal del artIculo 74 (sin inclusión de anexos por su volumen) Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación del presente auto cualquier acreedor o persona con interés legíItimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168 LC). En tanto no se cree el Registro Publico Concursal, publíquese el edicto extracto en el BOE de forma gratuita. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de cinco dIas acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución cabe recurso cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a preparar ante Juzgado en el plazo de cinco días y tendrá la consideración de apelación mas próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.30. Así por este autos, lo pronuncia, manda y firma.Doy fe. Y para que conste expido el presente. Alicante, 19 de mayo de 2010.- El Magistrado-Juez.-Secretario.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.