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Procédure collective
ESTRUCTURAS COBAGE SL
CIF B63195648Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 07/08/2013 → 20/01/2015
- Procédure
- 249/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso20/01/2015⚖️ BARCELONAProc. 249/2013Ordonnance 19/12/2014
Edicto dando publicidad al archivo de concurso Doña María Aránzazu Alameda López, Secretari/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n° 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 249/2013, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Estructuras Cobage, S.L.C., Colom, 451, Nave 51 08223 Terrassa (Barcelona), y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 249/2013 Sección C5. Entidad concursada.- Estructuras Cobage, S.L., B63195648. Tipo de concurso.- Necesario. Fecha del auto de conclusión.-19/12/2014. Dado en Barcelona a, 19 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal07/08/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 249/2013Ordonnance 12/07/2013
Edicto dando publicidad a la declaración de concuro. Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 249/2013, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad "Estructuras Cobage, S.L.", y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso necesario 249/2013 Sección C5. NIG del procedimiento.- 08019 47 1 2013 8001400. Entidad concursada.- "Estructuras Cobage, S.L." (STEN), con CIF B63195648. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del Auto del declaración.-12 de julio de 2013. Administrador/es concursales.- Don Miquel Maristany Roige, con domicilio en Trav. de les Corts, 267, 2.º B, 08014 Barcelona (Barcelona). Teléfono 934306700, y con correo electrónico [email protected]. Facultades del conursado.- Suspendidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Admnistración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Adminsitración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 18 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.