Accueil›Justice›ESTRUCTURAS JUVISA, SOCIEDAD LIMITADA
Procédure collective
ESTRUCTURAS JUVISA, SOCIEDAD LIMITADA
CIF B13387444Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 04/08/2009 → 16/12/2017
- Procédure
- 872/2008
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal16/12/2017⚖️ CIUDAD REALProc. 872/2008Ordonnance 12/12/2017
Doña Esther Domínguez Gutiérrez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal necesario número 872/2008, seguido frente a la mercantil ESTRUCTURAS JUVISA, S.L.U., con CIF B-13387444, por auto de fecha 27/11/2017 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia/inexistencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con aprobación de las cuentas presentadas por la Administración Concursal, con la declaración judicial de extinción de la citada mercantil y el cierre definitivo de su hoja registral. 2. Se acuerda el cese definitivo del administrador concursal designado, Don JOSÉ MANUEL GARCÍA PUEBLA. 3. Se acuerda la cancelación de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor 4. La concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare uno nuevo. Ciudad Real, 12 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso04/08/2009⚖️ CIUDAD REAL.Proc. 872/2008Ordonnance 20/07/2009
Edicto. El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 872/2008-A, por auto de fecha 20 - 07 - 2009, se ha declarado en situación de concurso necesario al deudor "Estructuras Juvisa, S.L.U.", con DNI/CIF nº B-13387444 y con domicilio en Carretera de Ossa de Montiel s/nº - Sector 3 - Tomelloso (Ciudad Real), que coincide con el centro de sus principales intereses. 2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 20 de julio de 2009.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.