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Procédure collective
ESTRUCTURAS TECNICAS DE HORMIGON 95 SL
CIF B60832557Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 15/03/2012 → 11/07/2016
- Procédure
- 36/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso11/07/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 36/2012Ordonnance 28/06/2016
Edicto dando publicidad al archivo de concurso D/ña. Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 36/2012, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Estructuras Técnicas de Hormigón 95, S.L., con CIF núm. B60832557 y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 36/2012 Sección C5. NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2011-8004647. Entidad concursada.- Estructuras Técnicas de Hormigón 95, S.L., con CIF n.º B60832557. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de conclusión.- 28 de junio de 2016. Barcelona, 28 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia sustituto.
- Declaración de concurso15/03/2012⚖️ BARCELONAProc. 36/2012Ordonnance 07/02/2012
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso. Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 36/2012 C5, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Estructuras Técnicas de Hormigón 95, Sociedad Limitada y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 36/2012 Sección C5. Entidad concursada.- Estructuras Técnicas de Hormigón 95, Sociedad Limitada, con CIF B60832557. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 7 de febrero de 2012. Administrador/es concursal/es.- Don Miguel Albert Piazuelo con correo electrónico [email protected] y teléfono 934.364.573. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 24 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.