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Procédure collective

ESTUDI PLACA MARAGALL SL

CIF B63907927Voir la fiche société

Publications
106/10/201406/10/2014
Procédure
514/2014
Administrateur judiciaire
La sociedad Quabbala Abogados y Economistas, S.L.P

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso06/10/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 514/2014Ordonnance 28/07/2014

    Don Francesc Xavier Rafi Roig, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil nº 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 514/2014 Sección C2. Fecha del auto de declaración: 15/7/14. Clase de concurso: Voluntario Abreviado. Entidad concursada: Estudi Plaça Maragall, S.L. con domicilio en Plaça Maragall, 10-11, bjos, local 6 08041 Barcelona, con CIF nº B63907927. Administradores Concursales: La sociedad Quabbala Abogados y Economistas, S.L.P. que nombra a D. Rubén García Quismondo como persona física. Recepción de créditos en: -Dirección postal: Gran Via Corts Catalanes,630,4º 08007 Barcelona. -Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concurso: Intervenidas. Registro público de resoluciones concursales: www.publicidadconcursal.es Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberan poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrórnica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Via de les Corts catalanes, 111, edifico C, planta 13, 08014 Barcelona). Barcelona, 28 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.