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Procédure collective
EURALVEGA 2005 SL
CIF B84501824Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 24/02/2009 → 07/10/2015
- Procédure
- 4/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal07/10/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridOrdonnance 01/09/2015
Doña Francisca Santos-Olmo, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario n.º 4/09, de la mercantil EURALVEGA 2005, S.L., CIF B-84501824, en el que recayó Auto de fecha 1 de septiembre de 2015, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: Concluir el presente procedimiento concursal por finalización de las operaciones de liquidación. Aprobar la rendición de cuentas de su actuación presentada por la Administración Concursal cesada en el presente concurso. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente en Madrid, 1 de septiembre de 2015.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal24/02/2009⚖️ MADRID.Proc. 4/2009Ordonnance 12/02/2009
EDICTO Dña. M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario 4/2009, a instancia de la entidad Euralvega 2005, S.L., representada por el procurador Dña. Amparo Laura Díez Espí, bajo la dirección del letrado D. Rafael Marcos Moreno, en el que recayó Auto de fecha 12 de febrero de 2009, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en concurso voluntario a Euralvega 2005, S. L. , con domicilio en la calle Málaga, número 7, nave 18, Valdemoro, Madrid, y CIF número B-84501824." "Se acuerda la sustanciación de este concurso por los trámites del procedimiento abreviado y se designa administrador concursal al economista, D. Alberto Swiec Tenenbaum, con domicilio en la calle José Abascal, 52, 6.º dcha., 28003 Madrid." "Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince días a contar desde la última de las publicaciones que se efectúen en cumplimiento de esta resolución." Asimismo, por el presente, se pone en conocimiento de los acreedores y demás legitimados que deseen comparecer en el procedimiento que deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado, de conformidad con el artículo 184.3 de la Ley Concursal. Sin necesidad de aparecer en forma, podrán, en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la junta, todo ello sin perjuicio de lo establecido par la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral, incluidas las facultades atribuidas a los graduados sociales y a los sindicatos, y de las Administraciones públicas en la normativa procesal específica (artículo 184.6 de la Ley Concursal). Madrid, 13 de febrero de 2009.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.