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Procédure collective

EURO COLOR SA

CIF A79412896Voir la fiche société

Publications
120/01/201420/01/2014
Procédure
642/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal20/01/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de MadridProc. 642/2013Ordonnance 27/12/2013

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia 1.º Que en el procedimiento número 642/2013, por auto de 16 de diciembre de dos mil trece, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Eurocolor, S.A., CIF A-79412896, con domicilio en Rivas Vaciamadrid, calle Tuerca, n.º 1, Polígono Industrial San Tana, nave 289. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la administración concursal nombrada, D. Enrique Blasco Alventosa por presentación o remisión por correo certificado a San Andrés, 25, bajo, de Madrid 28004, o bien por correo electrónico a [email protected]. No producirá efectos la comunicación de créditos realizado directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente. Madrid, 27 de diciembre de 2013.- El/la Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.