Procédure collective
EUROCOR SA
CIF A78281847Voir la fiche société →
- Publications
- 10 — 12/04/2019 → 23/05/2023
- Procédure
- 230/2021 · 565/2020
- Tribunal
- Mercantil - 14 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 14 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid · MERCANTIL - 12
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso23/05/2023⚖️ Mercantil - 14Proc. 230/2021Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 16/05/2023
CONCLUSION DEL CONCURSO POR FINALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DE LIQUIDACION
- Otro acto concursal23/05/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 14 DE MADRID Proc. 230/2021Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 16/05/2023
PUBLICIDAD ART 294.1 LC DEL INFORME Y DEMAS DOCUMENTACION DEL AC En el mismo plazo, pueden formular las observaciones que estimen conveniente al plan de liquidación presentado.
- Conclusión del concurso23/05/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 14 DE MADRID Proc. 230/2021Juge : CARMEN IGLESIAS PINUAGAOrdonnance 16/05/2023
Debo declarar y declaro al deudor D./Dña. ALEXANDRA CARBO VEAS, con DNI 06001385 H, y domicilio en C/ Vélez Rubio, 56 bajo, de Madrid en situación de concurso voluntario consecutivo con todos los efectos legales inherentes a tal declaración
- Otro acto concursal25/02/2022⚖️ MERCANTIL - 14Proc. 230/2021Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 22/02/2022
Se aprueba el plan de liquidación presentado por la Administración concursal de EUROCOR SA
- Otro acto concursal07/09/2021⚖️ MERCANTIL - 14Proc. 230/2021Juge : IRENE ORTIZ PLAZAOrdonnance 01/09/2021
Se presenta el informe de la administración concursal junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
- Otro acto concursal01/09/2021⚖️ MERCANTIL - 14Proc. 230/2021Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 01/09/2021
Que en el procedimiento concursal número 147/2021 referente al deudor PERSONNA CENTRAL, S.A. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC),
- Otro acto concursal14/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 14 DE MADRID Proc. 230/2021Ordonnance 07/06/2021
Nombramiento de Administrador concursal
- Otro acto concursal21/05/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 565/2020Ordonnance 06/03/2020
El Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 5 de la disposición adicional 4.ª de la Ley Concursal, anuncia: Que en los autos de procedimiento 565/2020. Solicitud homologación judicial acuerdo refinanciación (Disposición Adicional Cuarta), concertado entre EUROCOR., S.A., con CIF A78281847, y las entidades financieras BANCO SABADELL, S.A., y BANCO SANTANDER, S.A., se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: A) HOMOLOGAR el Acuerdo de Refinanciación suscrito en fecha de 6 de marzo de 2020 entre EUROCOR, S.A., y los acreedores financieros BANCO SABADELL, S.A., y BANCO SANTANDER, S.A., además de por los garantes y avalista; con los efectos previstos en la D.A. 4ª LC. B) Se declara que no podrá ser objeto de rescisión concursal el acuerdo de refinanciación conforme DA 4ª apartado 13 LC. Precédase a dar a la presente resolución la publicidad prevista en la Disposición Adicional 4ª de la LC. haciendo constar el derecho de impugnación de los acreedores de pasivos financieros afectados por la homologación judicial que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad al mismo. En caso de no cumplir el deudor los términos del acuerdo de refinanciación, cualquier acreedor, adherido o no al mismo, podrá solicitar, ante el mismo juez que lo hubiera homologado, la declaración de su incumplimiento, a través de un procedimiento equivalente al incidente concursal, del que se dará traslado al deudor y a todos los acreedores comparecidos para que puedan oponerse a la misma. No podrá solicitarse otra homologación por el mismo deudor en el plazo de un año. Y para que sirva de notificación a las entidades financieras firmantes del acuerdo y a Caixabank, S.A., Ibercaja Banco, S.A., Liberbank, S.A., CAJAMAR Caja Rural, Scoop. de Crédito, y ABANCA Corporación Bancaria, S.A. Acreedores Financieros no Aceptantes, indicándoles que el ACUERDO está a su disposición en la oficina de este Juzgado". Madrid, 8 de mayo de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Espinosa Navarro.
- Otro acto concursal20/05/2019⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 565/2020Ordonnance 08/05/2020
Auto de Aprobación de la homologación del acuerdo de refinanciación
- Otro acto concursal12/04/2019⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 565/2020Juge : RAFAEL YANGÜELA CRIADOOrdonnance 03/04/2020
Auto acordando la apertura de la fase de liquidación
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.