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Procédure collective

EUROCOR SA

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12 — 09/04/2020 → 23/05/2023
Procédure
230/2021 · 565/2020
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 14 DE MADRID · Mercantil - 14 · Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid · MERCANTIL - 12

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/05/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 14 DE MADRID Proc. 230/2021Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 16/05/2023

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso23/05/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 14 DE MADRID Proc. 230/2021Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 16/05/2023

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso23/05/2023
    ⚖️ Mercantil - 14Proc. 230/2021Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 16/05/2023

    CONCLUSION DEL CONCURSO POR FINALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DE LIQUIDACION

  4. Otro acto concursal25/02/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 14Proc. 230/2021Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 22/02/2022

    Se aprueba el plan de liquidación presentado por la Administración concursal de EUROCOR SA

  5. Otro acto concursal23/02/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 14Proc. 230/2021Juge : IRENE PLAZA ORTIZOrdonnance 22/02/2022

    Se dicta auto de aprobación del plan de liquidación presentado por la administración concursal. Se acuerda la formación de la Sección sexta de Calificación del concurso.

  6. Otro acto concursal07/09/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 14Proc. 230/2021Juge : IRENE ORTIZ PLAZAOrdonnance 01/09/2021

    Se presenta el informe de la administración concursal junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

  7. Otro acto concursal01/09/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 14Proc. 230/2021Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 01/09/2021

    Que en el procedimiento concursal número 147/2021 referente al deudor PERSONNA CENTRAL, S.A. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC),

  8. Otro acto concursal14/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 14 DE MADRID Proc. 230/2021Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 07/06/2021

    Nombramiento de Administrador concursal

  9. Declaración de concurso08/06/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 14Proc. 230/2021Juge : PATRICIA MEDINA GUIJARROOrdonnance 04/06/2021

    Se dicta auto de declaración de concurso y se identifica a la Administración Concursal.

  10. Otro acto concursal21/05/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 565/2020Ordonnance 06/03/2020

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 5 de la disposición adicional 4.ª de la Ley Concursal, anuncia: Que en los autos de procedimiento 565/2020. Solicitud homologación judicial acuerdo refinanciación (Disposición Adicional Cuarta), concertado entre EUROCOR., S.A., con CIF A78281847, y las entidades financieras BANCO SABADELL, S.A., y BANCO SANTANDER, S.A., se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: A) HOMOLOGAR el Acuerdo de Refinanciación suscrito en fecha de 6 de marzo de 2020 entre EUROCOR, S.A., y los acreedores financieros BANCO SABADELL, S.A., y BANCO SANTANDER, S.A., además de por los garantes y avalista; con los efectos previstos en la D.A. 4ª LC. B) Se declara que no podrá ser objeto de rescisión concursal el acuerdo de refinanciación conforme DA 4ª apartado 13 LC. Precédase a dar a la presente resolución la publicidad prevista en la Disposición Adicional 4ª de la LC. haciendo constar el derecho de impugnación de los acreedores de pasivos financieros afectados por la homologación judicial que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad al mismo. En caso de no cumplir el deudor los términos del acuerdo de refinanciación, cualquier acreedor, adherido o no al mismo, podrá solicitar, ante el mismo juez que lo hubiera homologado, la declaración de su incumplimiento, a través de un procedimiento equivalente al incidente concursal, del que se dará traslado al deudor y a todos los acreedores comparecidos para que puedan oponerse a la misma. No podrá solicitarse otra homologación por el mismo deudor en el plazo de un año. Y para que sirva de notificación a las entidades financieras firmantes del acuerdo y a Caixabank, S.A., Ibercaja Banco, S.A., Liberbank, S.A., CAJAMAR Caja Rural, Scoop. de Crédito, y ABANCA Corporación Bancaria, S.A. Acreedores Financieros no Aceptantes, indicándoles que el ACUERDO está a su disposición en la oficina de este Juzgado". Madrid, 8 de mayo de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Espinosa Navarro.

  11. Otro acto concursal11/05/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 565/2020Ordonnance 08/05/2020

    Auto de Aprobación de la homologación del acuerdo de refinanciación

  12. Otro acto concursal09/04/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 565/2020Juge : ANA MARIA GALLEGO SANCHEZOrdonnance 03/04/2020

    Admisión a trámite de la solicitud de homologación del acuerdo de refinanciación

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.