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Procédure collective
EUROGRES BALEAR SL
CIF B07903511Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 25/10/2012 → 21/04/2015
- Procédure
- 600/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca · juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso21/04/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaProc. 600/2012Ordonnance 08/04/2015
Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 600/2012D y NIG 07040 47 1 2012 0000959 se ha dictado a instancia de la administración concursal de EUROGRES BALEAR, S.L., en fecha 8 de abril de 2015 Auto de conclusión del concurso del deudor EUROGRES BALEAR, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Blanquerna, n.º 11-A, bajos, Palma de Mallorca (Islas Baleares) con CIF B-07903511, habiéndose aprobado en el citado auto la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta oficina judicial. Palma, 8 de abril de 2015.- El Secretario judicial.
- Declaración de concurso25/10/2012⚖️ juzgado de lo Mercantil n.º 1 de PalmaProc. 600/2012Ordonnance 25/09/2012
Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial, con el n.º 600/2012 y NIG n.º 07040 47 1 2012 0000959, se ha dictado en fecha 25 de septiembre de 2012 auto de declaración de concurso del deudor Eurogres Balear, S.L., con CIF B-07903511, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/Blanquerna, 11 A bajos. Palma. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Se ha designado, como administración concursal a doña Ascensión Verd de Gregorio, con domicilio postal en c/Costa de les Germanotes, 6, ent. A, 07012, Palma de Mallorca, y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal. Palma de Mallorca, 22 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.