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Procédure collective

EUROSAZOR ACTIVOS SL

CIF B81653834Voir la fiche société

Publications
423/05/201330/06/2015
Procédure
38/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso30/06/2015
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 09/06/2015

    Edicto Doña Francisca Santos-Olmo Martínez, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso voluntario ordinario 146/13 de la entidad Eurosazor Activos, S.L., con C.I.F. B-81653834 en el que recayó auto de fecha 9 de junio de 2015, dictado por el Magistrado don Teodoro Ladrón Roda, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Declarar la conclusión del concurso del deudor Eurosazor Activos, S.L." "Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes." "Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal" Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 177 de la Ley Concursal, expido el presente Madrid, 9 de junio de 2015.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal08/06/2015
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 20/05/2015

    Edicto D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1. Que en el procedimiento n.º 260/13 se declaró en concurso voluntario al deudor INMOBILIARIA JUAN BRAVO 3, S.L., y con fecha 20 de mayo de 2015 se ha dictado resolución por la que se acuerda: 1.º Se acuerda la conclusión del presente procedimiento concursal del concursado, INMOBILIARIA JUAN BRAVO 3, S.L. con C.I.F. N.º B816 53 834, y domiciliado en calle Serrano, 57-7.º, 28006 Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. 2. Se acuerda el cese las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. 3. A la presente resolución, que se comunicará a las partes personadas, se le dará la publicidad prevista en el artículo 23.1 y la contemplada para la declaración del concurso, anunciándose mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, así como la establecida en el artículo 24 de la Ley Concursal. Madrid, 20 de mayo de 2015.- Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso29/05/2013
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 16/05/2013

    Edicto Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1. Que en el concurso número de autos 260/13, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 0003836/2013, por auto de 16 de mayo de 2013, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a Inmobiliaria Juan Bravo 3, S.L., con CIF n.º B816 53 834, y domiciliado en calle Serrano, n.º 57, 7.º, 28006 Madrid. 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso. 3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. 4. La identidad de la administración concursal es Genova Tres, Concursalistas, S.L.P. el domicilio postal de la misma calle Génova, n.º 3-2.º Madrid, teléfono 91 7021709, fax 91 7022383 y la dirección electrónica ac.inmobiliariajuan [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este Juzgado se tendrán por no comunicados. Las comunicaciones de créditos efectuadas ante este Juzgado se tendrán por no realizadas. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado. Madrid, 16 de mayo de 2013.- Secretario Judicial.

  4. Otro acto concursal23/05/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de MadridProc. 38/2011Ordonnance 06/05/2013

    Edicto D.ª M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Ordinario 146/13, en el que recayó Auto de fecha 6 de mayo de 2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: Se declara en Concurso Voluntario Ordinario a Eurosazor Activos, S.L., con C.I.F. B-81653834. Se acuerda la intervención de las facultades del deudor. Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal Dª. Carmen Díaz de Magdalena, mediante comunicación por correo postal a la Plaza Manuel Becerra, 16,5.º, 28028 Madrid, o por correo electrónico a [email protected], la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 8 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.