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Procédure collective

EXCAVACIONES FLORENCIO SL

CIF B37298601Voir la fiche société

Publications
214/05/201125/01/2014
Procédure
171/2011

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación25/01/2014
    ⚖️ SALAMANCAProc. 171/2011Ordonnance 15/01/2014

    El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca anuncia: Que en el procedimiento concursal número 171/2011, referente al deudor EXCAVACIONES FLORENCIO, S.L., con C.I.F. número B-37298601, mediante auto firme de fecha 14-01-2014, se ha acordado: 1.- La conclusión del concurso de acreedores del deudor EXCAVACIONES FLORENCIO, S.L. por finalización de la fase de liquidación. 2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes hasta el momento. 3.- Que el deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar o reactivar las correspondientes ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equiparará a una sentencia de condena firme. 4.- Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica EXCAVACIONES FLORENCIO, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. 5.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal y el cese de la Administración concursal. Salamanca, 15 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal14/05/2011
    ⚖️ SALAMANCAProc. 171/2011Ordonnance 27/04/2011

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 171/2011, por auto de 27-4-2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Excavaciones Florencio, S.L.", con C.I.F. número B-37298601 y con domicilio en el polígono industrial "El Montalvo II", en la calle Tierra de Campos, parcela 33, de Salamanca, y cuyo centro de principales intereres lo tiene en dicho domicilio. 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días, a contar de la publicación de los anuncios en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este Juzgado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC). Salamanca, 27 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.