Procédure collective
EXPLOCAN SL
CIF B30632434Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 24/09/2019 → 11/10/2023
- Procédure
- 470/2019
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA · Mercantil - 2
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal11/10/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 470/2019Ordonnance 22/11/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal11/10/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 470/2019Ordonnance 22/11/2021
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso11/10/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 470/2019Ordonnance 22/11/2021
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso18/09/2023⚖️ Mercantil - 2Proc. 470/2019Juge : JAVIER QUINTANA ARANDAOrdonnance 26/11/2021
CONCLUSION DEL CONCURSO
- Otro acto concursal20/07/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 470/2019Juge : SIN ASIGNAR SIN ASIGNAROrdonnance 20/07/2021
TRASLADO INFORME CONCLUSION Y RENDICION DE CUENTAS
- Declaración de concurso24/09/2019⚖️ MURCIAOrdonnance 18/09/2019
EDICTO Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000470 /2019 y NIG nº30030 47 1 2019 0001007 se ha dictado en fecha 18 de septiembre de 2019 auto de declaración de concurso voluntario del deudor EXPLOCAN, S.L., con CIF B-30632434, cuyo centro de intereses principales lo tiene en El Albujón (Cartagena). 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a TOVAR & GARAULET ASOCIADOS, S.L.P., habiendo sido designada en virtud de lo establecido en el artículo 30 LC, doña Laura Tovar Gelabert, indicando que el domicilio profesional es calle San Bartolomé nº 1, 2º-C 30004 de Murcia, teléfono 968210324, fax 968210298 y correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Murcia, 19 de septiembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.