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Procédure collective

EXPLOTACIONES RAMOS SOCIEDAD LIMITADA

CIF B35726546Voir la fiche société

Publications
101/03/201001/03/2010
Procédure
53/2009

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal01/03/2010
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 53/2009Ordonnance 11/01/2010

    Edicto. Por el presente se hace saber: Que en procedimiento concursal n.º 53/2009, seguido a instancias del Procurador D. Francisco Neyra Cruz, en nombre y representación de Explotaciones Ramos, S.L., con C.I.F. n.º B-35726546, se ha dictado Auto en el día 11 de enero de 2010 en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares: "Se declara el concurso de Explotaciones Ramos S.L., el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Se designa como Administrador del concurso a: D. Carlos Gil Tadeo como Abogado. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la publicación acordadas en el Auto, conforme establece el apartado 1 del artículo 23 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio se acuerda la intervención de dichas facultades de conformidad con lo establecido en el artículo 44.2 y 3 de la L.C. Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez.-María Victoria Basanta Eiras, Secretaria.-Firmados y rubricados." Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 19 de febrero de 2010.- Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.