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EXTRUSISTEMAS SL

CIF B73012254Voir la fiche société

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205/03/201205/07/2016
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso05/07/2016
    ⚖️ MURCIAOrdonnance 13/06/2016

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, Por el presente, hago saber: Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 402/11 se ha dictado en fecha 13 de junio de 2016 Auto de conclusión del concurso respecto del deudor Extrusistemas, S.L., con CIF B-73012254, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, de conformidad con el artículo 176 de la Ley Concursal. Murcia, 20 de junio de 2016.- La Letrada de la Administracion de Justicia.

  2. Declaración de concurso05/03/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaOrdonnance 23/02/2012

    Edicto D./D.ª Pedro Adan Ruiz-Erans Vivancos, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial ([email protected]) con el n.º 402 /2011 y NIG n.º 30030 47 1 2011 0000948 se ha dictado en fecha dieciséis de febrero de 2012 Auto declaración de concurso voluntario abreviado del deudor EXTRUSISTEMAS, S.L., con B-73012254, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Poligono Industrial Oeste, C/ José María Lara Carvajal, Parcel n.º 13/19, 30820 Alcantarilla (Murcia). 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre los bienes de la mercantil concursada. Se ha designado, como administración concursal a D. Ramón Madrid Nicolás, economista, con domicilio postal en Paseo Almirante Fajardo de Guevara, n.º 7, 30007 Murcia, dirección electrónica [email protected] y teléfono 968245753, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://juzgadomercantil1murcia.blogspot.com/ Murcia, 23 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.