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Procédure collective
FACHADAS Y CUBIERTAS VENTILADAS SL
CIF B61955977Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 16/06/2012 → 16/06/2012
- Procédure
- 300/2012
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso16/06/2012⚖️ BARCELONAProc. 300/2012Ordonnance 22/05/2012
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de Asunto: Concurso voluntario núm. 300/2012-D. Tipo de Concurso: Concurso Voluntario Abreviado. Entidad Instante del Concurso y NIF: Fachadas y Cubiertas Ventiladas, S.L., CIF B-61955977. Fecha del Auto de Declaración: 22/5/12. Administradores Concursales: Lugar, Abogados y Asociados, S.L.P., que ha designado a don Luis García Martínez con domicilio en C. Hurtado, n.º 25, Torre de Barcelona y teléfono n.º 934053606 y dirección electrónica: [email protected]. Facultades del Concursado: Intervenidas. Llamamiento a los Acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Admnistración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. En Barcelona, 22 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.