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Procédure collective

FADISPAN SL

CIF B45537669Voir la fiche société

Publications
415/12/201121/06/2022
Procédure
337/2011
Tribunal
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal21/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 337/2011Ordonnance 25/04/2022

    Cese de Administrador concursal

  2. Otro acto concursal21/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 337/2011Ordonnance 25/04/2022

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  3. Conclusión del concurso21/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 337/2011Ordonnance 25/04/2022

    Auto de conclusión de concurso

  4. Declaración de concurso15/12/2011
    ⚖️ TOLEDOOrdonnance 01/12/2011

    Edicto. Doña Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial del Jdo. 1.ª Inst. e Instrucción n.º 1 de Toledo y de lo Mercantil, por el presente, hago saber. 1.º Que en los auto seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración de concurso 0000337/2011 se ha dictado en fecha 01-12-2011 auto de declaración de concurso voluntario de la deudora "Fadispan, S.L.", con CIF. B-45537669, y de la deudora "Distribuidora Toledana del Pan, S.L.", con C.I.F. B-45612165, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Nambroca (Toledo). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresara nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, se invocare un privilegio especial, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copia auténticas del título de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Toledo, 1 de diciembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.