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Procédure collective

FAVIAL ALUMINIA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B04604625Voir la fiche société

Publications
224/03/201402/06/2014
Procédure
717/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia n

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal02/06/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia nProc. 717/2013Ordonnance 20/05/2014

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia n.º 7), Anuncia 1. Que en el procedimiento concursal número 717/2013 referente al deudor Favial Aluminia, S.L., CIF B-04604625, se ha presentado el informe de la Administración Concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación de la resolución que acuerda la presentación del informe. Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la última publicación de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este juzgado, presentando las impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Almería, 20 de mayo de 2014.- El/la Secretario judicial.

  2. Otro acto concursal24/03/2014
    ⚖️ ALMERÍAProc. 717/2013Ordonnance 12/03/2014

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 717/2013, con NIG 0401342M20130000759, por auto de 26.02.14, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Favial Aluminia, S.L., CIF B-04604625, con domicilio en C/ Venezuela, s/n, Fines (Almería). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concurso deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. David Romera Gómez, con domicilio postal en Paseo de Almería, n.º 37, 4.º-1, Almería y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Almería, 12 de marzo de 2014.- El/La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.