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Procédure collective

FEISAL SOCIEDAD LIMITADA

CIF B35342260Voir la fiche société

Publications
229/09/201012/02/2025
Procédure
64/2009 · 3/2009
Tribunal
Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso12/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 64/2009Juge : GUILLERMO FERNÁNDEZ GARCÍAOrdonnance 10/02/2025

    AUTO DE CONCLUSIÓN

  2. Declaración de concurso29/09/2010
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 3/2009Ordonnance 07/06/2010

    Edicto Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas, Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000064/2009, seguido a instancias del Procurador Don Óscar Muñoz Correa, en nombre y representación de Feisal, S.L., se ha dictado Auto el día 7 de junio de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Feisal, S.L. con CIF B35342260, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario. Se designa como Administrador del concurso al Abogado D. Francisco Javier Santana García. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención de las mismas. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el nº 5º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). D. Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 16 de septiembre de 2010.- Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.