Procédure collective
FERALEVAL SL
CIF B93380590Voir la fiche société →
- Publications
- 7 — 11/11/2019 → 29/05/2021
- Procédure
- 12/2019 · 940/2019
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga · MERCANTIL - 2 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso29/05/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MálagaProc. 12/2019Ordonnance 19/04/2021
EDICTO Doña Amelia Maria Puertas Fariña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n,º 2 de Málagam, Hago saber: Que en el Procedimiento de concurso voluntario n.º 940.12/2019 seguido en este Juzgado se ha dictado en pieza separada de conclusión concurso y rendición de cuentas n,º 940.12/2019, con fecha 19/04/2021 auto, acordando la conclusión del procedimiento por insuficiencia de masa activa FERALEVAL, S.L., con CIF B93380590, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: PARTE DISPOSITIVA Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de la mercantil FERALEVAL, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa. Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y el cese de la administración concursal. Acuerdo la extinción de la persona jurídica concursada, FERALEVAL, S.L., ordenando la cancelación de su inscripción en el registro mercantil, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución. Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. Esta aprobación no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en los arts, 483 y ss, del TRLC. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Este Auto se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el Auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público Concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado. Se acuerda el archivo del presente procedimiento. Así lo acuerda y firma D.ª Rocío Marina Coll, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga y su Partido. Doy fe. Málaga, 19 de abril de 2021.- La Letrada de Administración de Justicia, Amelia María Puertas Fariña.
- Conclusión del concurso25/05/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 940/2019Juge : AMELIA MARIA PUERTAS FARIÑAOrdonnance 19/04/2021
APROBACION RENDICION DE CUENTAS Y AUTO DE CONCLUSION DE CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA
- Otro acto concursal24/05/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 940/2019Juge : MARIA ROCIO MARINA COLLOrdonnance 19/04/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal24/05/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 940/2019Juge : MARIA ROCIO MARINA COLLOrdonnance 19/04/2021
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso24/05/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 940/2019Juge : MARIA ROCIO MARINA COLLOrdonnance 19/04/2021
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal26/11/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 940/2019Juge : MARIA ROCIO MARINA COLLOrdonnance 05/11/2019
Nombramiento de Administrador concursal
- Declaración de concurso11/11/2019⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 940/2019Juge : ROCIO MARINA COLLOrdonnance 28/10/2019
1- Que en el procedimiento nº940/2019 con NIG 2906742120190037921 por auto de 28/10/19 se ha declarado en concurso voluntario al deudor FERALEVAL S,L. 2- El deudor conserva facultades de administración y disposición
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.