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Procédure collective

FERMO SOCIEDAD ANONIMA

CIF A28113249Voir la fiche société

Publications
523/09/200923/01/2023
Procédure
348/2006
Tribunal
Mercantil - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación23/01/2023
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 348/2006Juge : Jorge Montull UrquijoOrdonnance 23/01/2023

    Apertura de la liquidación.

  2. Otro acto concursal23/12/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3 Proc. 348/2006Juge : LUCIA MARTINEZ OREJASOrdonnance 14/11/2022

    VER EDICTO

  3. Otro acto concursal23/12/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3 Proc. 348/2006Juge : Mireia Alarcon UbiernaOrdonnance 14/11/2022

    decaración de concurso consecutivo y al mismo tiempo la conclusión de las actuacions por insuficiència de masa activa; nombramiento de la administración concursal y traslado a los acreedores por diez dies para manifestacions

  4. Otro acto concursal13/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3 Proc. 348/2006Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENEDEZOrdonnance 14/11/2022

    se ha decretado la declaración y simultáneamente la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa

  5. Otro acto concursal23/09/2009
    ⚖️ MADRID.Ordonnance 04/02/2009

    Edicto. Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 3 de Madrid, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 348/06, por auto de fecha 4 de febrero de 2009 se ha declarado en concurso al deudor "Fermo, S.A.", con CIF A-28113249, con domicilio social en camino de Valdelatas, sin número, polígono industrial número 6, 28108 Alcobendas (Madrid). Segundo.- Se suspende el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de edictos. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 11 de febrero de 2009.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.