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Procédure collective
FERMO SOCIEDAD ANONIMA
CIF A28113249Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 23/09/2009 → 23/01/2023
- Procédure
- 348/2006
- Tribunal
- Mercantil - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación23/01/2023⚖️ Mercantil - 3Proc. 348/2006Juge : Jorge Montull UrquijoOrdonnance 23/01/2023
Apertura de la liquidación.
- Otro acto concursal23/12/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3 Proc. 348/2006Juge : LUCIA MARTINEZ OREJASOrdonnance 14/11/2022
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- Otro acto concursal23/12/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3 Proc. 348/2006Juge : Mireia Alarcon UbiernaOrdonnance 14/11/2022
decaración de concurso consecutivo y al mismo tiempo la conclusión de las actuacions por insuficiència de masa activa; nombramiento de la administración concursal y traslado a los acreedores por diez dies para manifestacions
- Otro acto concursal13/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3 Proc. 348/2006Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENEDEZOrdonnance 14/11/2022
se ha decretado la declaración y simultáneamente la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa
- Otro acto concursal23/09/2009⚖️ MADRID.Ordonnance 04/02/2009
Edicto. Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 3 de Madrid, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 348/06, por auto de fecha 4 de febrero de 2009 se ha declarado en concurso al deudor "Fermo, S.A.", con CIF A-28113249, con domicilio social en camino de Valdelatas, sin número, polígono industrial número 6, 28108 Alcobendas (Madrid). Segundo.- Se suspende el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de edictos. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 11 de febrero de 2009.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.