AccueilJusticeFERRA-SIETE ISLAS SOCIEDAD LIMITADA

Procédure collective

FERRA-SIETE ISLAS SOCIEDAD LIMITADA

CIF B35433424Voir la fiche société

Publications
323/02/201807/02/2025
Procédure
454/2017 · 22/2003
Tribunal
Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso07/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 454/2017Juge : CARLOS VIELBA ESCOBAROrdonnance 04/02/2025

    AUTO CONCLUSION CONCURSO POR ART 468

  2. Otro acto concursal28/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 454/2017Juge : GUILLERMO FERNANDEZ GARCIAOrdonnance 10/09/2019

    auto aprobando plan de liquidacion

  3. Declaración de concurso23/02/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Ordonnance 26/01/2018

    EDICTO Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000454/2017, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Francisca del Pino López de Medina, en nombre y representación de Ferra 7 Islas, S.L., se ha dictado Auto el día 26 de enero de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Ferra 7 Islas, S.L., con CIF n.º B35433424, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designan como Administradores del concurso a: D. Rafael Franco Miranda como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Luis Doreste Silva, 18b, 3.ª izquierda, 35004 las Palmas de Gran Canaria, móvil n.º 607.524.227, 928.91.86.89, fax n.º 928.29.29.25, correo [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda, la intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Don Guillermo Fernández García, Magistrado-Juez Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en Las Palmas de Gran Canaria. Las Palmas de Gran Canaria, 20 de febrero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.