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Procédure collective
FERRALLA TITO SOCIEDAD LIMITADA
CIF B35265776Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 23/10/2012 → 21/10/2013
- Procédure
- 10/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria
Chronologie du dossier
- Convenio de acreedores21/10/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaOrdonnance 15/01/2014
Edicto. Cédula de Notificación. D.ª Teresa Hernández Rivero, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2, Certifico que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, se siguen Autos de procedimiento de Concurso Abreviado n.º 55/12, de la mercantil "Ferralla Tito, S.L.", se ha dictado Auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Dispongo: 1º.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la mercantil "Ferralla Tito, S.L.", con CIF B35265776. 2º.- Se abre la Fase de Convenio, fórmese la Sección Quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3º.- Se convoca Junta de acreedores, que se celebrará el próximo día 15 de enero de 2014, a las 13:30 horas en la Sala de Vistas de este Juzgado, sita en la calle Reyes Católicos, n.º 6, planta baja, de Las Palmas de Gran Canaria. 4º.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio. 5º.- Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a las propuestas de convenio que se presenten en los términos previstos en el artículo 115.3 de la LC. 6º.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC. 7º.- Anúnciese la celebración de la Junta por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de esta oficina judicial y en el "BOE" hasta tanto no se regularice el Registro Público concursal establecido en el artículo 198 de la citada LC. Notifíquese el presente auto al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas, contra el que no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de que puedan invocarse los motivos de impugnación en recurso de apelación contra la sentencia que resuelva sobre la aprobación de convenio. Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe. Y para que así conste y su publicación el tablón de anuncios de este Juzgado y el "BOE", se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Las Palmas de Gran Canaria, 18 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso23/10/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 10/2012Ordonnance 09/10/2012
Edicto. Doña Victoria Basanta Erias, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000055/2012, seguido a instancias de la Procuradora doña Emma Crespo Ferrandiz, en nombre y representación de Ferralla Tito, S.L., se ha dictado auto el día 1/10/2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Ferralla Tito, S.L. con CIF n.º B-35265776, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado,. Se designan como Administradores del concurso a: D. Eugenio Alcántara Mansilla, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el en Las Palmas de Gran Canaria, calle Viera y Clavijo, n.º 5, 4.ª planta, CP 35002, con teléfono 928361766, Fax, 928.36.19.23, y direccion de correo electrónico: [email protected]. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Don Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava [p17], Magistrado-Juez.-Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial. (Firmados y rubricados.) Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto en Las Palmas de Gran Canaria, 9 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.