AccueilJusticeFERRALLAS BAU SL

Procédure collective

FERRALLAS BAU SL

CIF B82763483Voir la fiche société

Publications
212/05/201207/05/2014
Procédure
38/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso07/05/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridOrdonnance 21/04/2014

    Edicto Doña M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 5 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario 70/12, en el que recayó auto de fecha 21 de abril de 2014, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se acuerda la conclusión del concurso voluntario de la entidad FERRALLAS BAU, S.L. con CIF B-82763483". "Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración disposición del deudor". "Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal". Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 24 de abril de 2014.- La Secretaria judicial.

  2. Otro acto concursal12/05/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridProc. 38/2011Ordonnance 19/04/2012

    EDICTO. Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario ordinario 70/12, en el que recayó auto de fecha 19 de abril de 2012, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en Concurso Voluntario a la mercantil FERRALLAS BAU, S.L., con C.I.F. B-82763483". "Se acuerda la suspensión de las facultades del deudor". "Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal D. Juan Jesús Castillo Barros, la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, pudiendo hacerse personalmente, mediante comunicación por correo postal en la calle José Abascal, n.º 52, 6.º dcha., de Madrid, 28003, o por correo electrónico a [email protected]". Madrid, 24 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.