AccueilJusticeFERREIRA TAPAS 2011 SL

Procédure collective

FERREIRA TAPAS 2011 SL

CIF B86325685Voir la fiche société

Publications
317/06/201510/03/2022
Procédure
522/2014
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal10/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 522/2014Ordonnance 09/02/2022

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Conclusión del concurso10/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 522/2014Ordonnance 09/02/2022

    Auto de conclusión de concurso

  3. Otro acto concursal17/06/2015
    ⚖️ MADRIDProc. 522/2014Ordonnance 25/02/2015

    El Juzgado de lo Mercantil de Madrid n.º 4, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 522/2014, por auto de fecha 15/12/2014, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Ferreira Tapas 2011, S.L., con CIF n.º B-86325685, con domicilio en Avda. Europa (Parque Empresarial La Moraleja) números 13-15, local A9/10/11/12, de Alcobendas y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal, D. Antonio Muñoz Perea, mediante presentación personal, correo certificado a su despacho profesional en avenida Filipinas, n.º 4, 1.º, 28003 Madrid, o a la dirección de correo electrónico: [email protected], la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. En la dirección electrónica del Registro Público Concusal www.publicidadconcursal.es se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 25 de febrero de 2015.- El/La Secretario/a judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.