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Procédure collective

FERRER GALLEGOS E HIJOS SL

CIF B64494560Voir la fiche société

Publications
308/03/201923/12/2021
Procédure
237/2019
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONA
Administrateur judiciaire
Se ha designado como administrador concursal a Alfonso Olivé Gorgues

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/12/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONAProc. 237/2019Ordonnance 30/07/2021

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso23/12/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONAProc. 237/2019Ordonnance 30/07/2021

    Auto de conclusión de concurso

  3. Declaración de concurso08/03/2019
    ⚖️ BARCELONAOrdonnance 15/02/2019

    María José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 237/19 Sección: B. NIG: 0801947120188014375. Fecha del auto de declaración: 15 de febrero de 2019. Clase de concurso: Voluntario Entidad concursada. Ferrer Gallegos e Hijos S.L., con CIF B64494560. Administradores concursales: Se ha designado como administrador concursal a Alfonso Olivé Gorgues. Dirección postal: Calle MUNTANER 262, 51, 08006 – Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) – Barcelona. Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 20 de febrero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María José Hompanera González.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.