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Procédure collective

FESTIVAL ALBAL SL

CIF B40569246Voir la fiche société

Publications
412/03/202110/05/2021
Procédure
1005/2020
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA · Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Valencia · MERCANTIL - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal10/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 1005/2020Juge : PATRICIA CLEMENTE PUEBLAOrdonnance 28/01/2021

    DECLARANDO CONCURSO

  2. Conclusión del concurso10/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 1005/2020Juge : - -Ordonnance 28/01/2021

    Auto de conclusión de concurso

  3. Declaración de concurso16/03/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 1 de ValenciaProc. 1005/2020Ordonnance 28/01/2021

    D./Dña. Mª Isabel Boguña Pacheco, la/el Letrada/o de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 1005/2020, habiéndose dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de FESTIVAL ALBAL, S.L., con CIF numero B-40569246, con domicilio en Albal (Valencia), camino de la Marjal num. 52, habiéndose acordado en la propia resolución la conclusión del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral. Se expide el presente edicto para general publicidad de la decisión de que se trata, en los términos de los artículos 482 y 35 TRLC. Valencia, 28 de enero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Mª Isabel Boguña Pacheco.

  4. Conclusión del concurso12/03/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1005/2020Juge : ILMO. SR. SALVADOR VILATA MENADASOrdonnance 28/01/2021

    Se declara concluso el concurso de acreedores de Festival Albal S.L. Se acuerda la extinción de Festival Albal S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.