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Procédure collective
FESUCAM S. XXI SL
CIF B45698552Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 27/11/2017 → 06/04/2021
- Procédure
- 869/2017
- Tribunal
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso06/04/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 869/2017Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 11/03/2021
Que debo acordar y acuerdo: 1.- No abrir la sección 5ª ante la inexistencia de bienes que liquidar. 2.- Ordeno la apertura de la Sección 6ª de calificación que incorporarà:
- Otro acto concursal06/10/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 869/2017Juge : SOFIA GIL GARCIAOrdonnance 11/03/2021
EDICTO
- Otro acto concursal06/10/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 869/2017Juge : BARBARA CORDOBA ARDAOOrdonnance 11/03/2021
EDICTO
- Declaración de concurso27/11/2017⚖️ TOLEDOProc. 869/2017Ordonnance 20/11/2017
Dª. MARÍA JESÚS GRACIA GUERRERO, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. de 1.ª Inst. e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 869/2017 y NIG 45168 41 1 2017 0004147, se ha dictado en fecha 20/11/2017 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor FESUCAM S.XXI, S.L., con C.I.F. núm. B45698552, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Yuncler (Toledo), Calle Olivilla, parcela 33. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal al Letrado y Economista D. JUAN JESÚS CASTILLO BARROS, con domicilio postal en Calle Blasco de Garay, nº 94, 5º derecha 28003, de Madrid y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Se ha solicitado por el deudor la liquidación del concurso, abriéndose la Sección Quinta de Liquidación. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la administración concursal a través del Juzgado. Toledo, 20 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.