Procédure collective
FIDANCIA SL
CIF B60684305Voir la fiche société →
- Publications
- 7 — 24/03/2022 → 03/10/2023
- Procédure
- 61/2022
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONA · Mercantil - 4
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal03/10/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 61/2022Juge : ALFONSO MERINO REBOLLOOrdonnance 18/07/2023
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal03/10/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 61/2022Juge : ALFONSO MERINO REBOLLOOrdonnance 18/07/2023
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso03/10/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 61/2022Juge : ALFONSO MERINO REBOLLOOrdonnance 18/07/2023
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso18/09/2023⚖️ Mercantil - 4Proc. 61/2022Juge : Alfonso Merino RebolloOrdonnance 18/07/2023
Se acuerda la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, quedando libres los acreedores para el ejercicio de las acciones singulares que le corresponden, se acuerda la aprobación de las cuentas (...)
- Otro acto concursal26/05/2023⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 61/2022Juge : Alfonso Merino RebolloOrdonnance 28/04/2023
En el Concurso abreviado n.º 61/22 de FIDANCIA S.L, CIF - B60684305 , se ha dictado una resolución que acuerda que el informe final presentado por la administración concursal quede de manifiesto en la Oficina de Tramitación Concursal de los (...)
- Otro acto concursal08/06/2022⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 61/2022Juge : ALFONSO MERINO REBOLLOOrdonnance 01/06/2022
El anterior informe, con el contenido de los documentos del art. 292 de la Ley Concursal, queda incorporado al procedimiento. De conformidad a la dispuesto en el art. 294 se publicará en el Registro Público Concursal.
- Declaración de concurso24/03/2022⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 61/2022Juge : ALFONSO MERINO REBOLLOOrdonnance 25/02/2022
Declaro en situación legal de concurso a Fidancia S.L
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.