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Procédure collective

FIMAR INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD LIMITADA

CIF B85035756Voir la fiche société

Publications
411/12/202007/07/2021
Procédure
332/2021
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID · MERCANTIL - 5 · Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal07/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 332/2021Juge : LETICIA TELLO REQUENAOrdonnance 20/05/2021

    La administración concursal ha presentado el informe (arts. 292 y ss LC), junto con el inventario de los bienes y la lista de acreedores, y se ha dictado una resolución de unión del informe y demás documentación.

  2. Conclusión del concurso30/06/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 5Proc. 332/2021Juge : IRENE ORTIZ PLAZAOrdonnance 20/05/2021

    Se dicta conclusión y archivo del concurso y se procede a declarar la extinción de la mercantil.

  3. Otro acto concursal25/05/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de MadridProc. 332/2021Ordonnance 19/05/2021

    Edicto Dª. Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Madrid, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 332/2021 por auto de fecha 19 de mayo de 2021 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa de la mercantil FIMAR INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES, S.L., con CIF B-85035756. 2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede declarar su extinción. Madrid, 20 de mayo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.

  4. Declaración de concurso11/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 332/2021Juge : ALFREDO VALDES-BANGO SOLEROrdonnance 20/05/2021

    PROYECTO DE INVENTARIO Y LISTA DE ACREEDORES

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.