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Procédure collective

FINA SANCHEZ SOCIEDAD LIMITADA

CIF B98724065Voir la fiche société

Publications
620/09/202221/10/2025
Procédure
836/2019
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA · Mercantil - 2

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso21/10/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 836/2019Juge : D. PEDRO DUQUE RODRIGUEZOrdonnance 07/11/2019

    La AC integrada por un único miembro, designándose por insaculación a don ALFONSO LEGAZ HEVIA, con domicilio profesional, a efectos de comunicación de créditos, en el Paseo de la Castellana nº23, 1º, de Madrid y número de teléfono 91.391.20.66

  2. Conclusión del concurso25/10/2023
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 836/2019Juge : JACINTO TALENS SEGUIOrdonnance 24/10/2023

    Conclusión concurso.

  3. Otro acto concursal28/07/2023
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 836/2019Juge : JACINTO TALENS SEGUÍOrdonnance 27/07/2023

    Rendición de cuentas de FINA SANCHEZ SL

  4. Otro acto concursal21/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 836/2019Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 07/11/2019

    En el procedimiento arriba indicado se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de ENCUADERNACION MURO SA con nº de CIF B- A78445418.

  5. Declaración de concurso21/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 836/2019Juge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrdonnance 07/11/2019

    En el procedimiento arriba indicado se ha dictado auto de fecha 20 de septiembre de 2022 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de GESTIONES Y REFORMAS PEYAN, S.L UNIPERSONAL con nº de CIFB4580534

  6. Otro acto concursal20/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 836/2019Juge : Montserrat Morera RansanzOrdonnance 11/11/2019

    aprueba plan liquidación administrador concursal de fecha 14-6-22

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.