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Procédure collective

FLUDSUM SL

CIF B36751345Voir la fiche société →

Publications
5 — 21/01/2014 → 27/06/2024
Procédure
454/2013 · 0000454/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA · Mercantil - 3

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal27/06/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 454/2013Ordonnance 23/05/2023

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso27/06/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 454/2013Juge : AMELIA MARIA PEREZ MOSTEIROOrdonnance 23/05/2023

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso11/06/2024
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 0000454/2013Juge : MARIA LUISA SANCHEZ GARRIDOOrdonnance 23/05/2024

    Concluir el concurso de FLUDSUM SL, CIF B36751345, por finalización de la liquidación de sus bienes y derechos. Cesar al Administrador Concursal Aprobar las cuentas presentadas por la Administración concursal

  4. Otro acto concursal14/03/2014
    ⚖️ PONTEVEDRAProc. 454/2013Ordonnance 27/02/2014

    Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, anuncia: 1.- Que en el Sección I declaración concurso 454/2013, referente al deudor Fludsum, S.L., con CIF B 36751345 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Titulo IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC). Vigo, 27 de febrero de 2014.- El/La Secretario/a judicial.

  5. Declaración de concurso21/01/2014
    ⚖️ PONTEVEDRAProc. 454/2013Ordonnance 08/01/2014

    Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente, hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 454/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 8 de enero de 2014 Auto acordando lo siguiente: 1.º Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora Fludsum, S.L., con CIF B 36751345, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida Orillamar, número 129, 1.º A, de Vigo. 2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora. 3.º La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal. 4.º El administrador concursal designado es el Economista Don Roberto Adan Arribi López, con DNI 32656273 E, con domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional sito en Plaza de Compostela, número 22, 1.º derecha, Vigo; y correo electrónico: [email protected]. 5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración Concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito. 6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal) Vigo, 8 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial,

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.