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Procédure collective

FRANCISCO RUSSO CONSTRUCCIONES SL

CIF B50731579Voir la fiche société

Publications
318/10/201003/07/2012
Procédure
315/2010

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación03/07/2012
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 315/2010Ordonnance 24/05/2012

    Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia: Que en el concurso voluntario ordinario número 315/2010-F, referente al concursado "Compañía Mercantil Francisco Russo Construcciones, S.L.", con CIF número B-50.731.579, y domiciliada en Zaragoza, paseo de las Damas, número 2, esc. 2.º B, por Auto de fecha 24 de mayo de 2012, se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la compañía mercantil "Francisco Russo Construcciones, S.L.", cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal. Zaragoza, 11 de junio de 2012.- La Secretaria judicial.

  2. Otro acto concursal24/03/2011
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 315/2010Ordonnance 03/03/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal concurso voluntario ordinario número 315/2010-F, referente al deudor Compañía Mercantil Francisco Russo Construcciones, S.L., con CIF número B-50.731.579 y domiciliada en Zaragoza, Paseo de las Damas, número 2, escalera 2.º-B, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, al tomo 2129, folio 206, hoja número Z-21312, inscripción primera, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la notificación de la resolución a las partes personadas y para el resto de los interesados desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados, que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Zaragoza, 3 de marzo de 2011.- La Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso18/10/2010
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 315/2010Ordonnance 20/09/2010

    Edicto Doña Tomasa Hernández Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de los Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 315/2010-F, se ha dictado a instancias de Francisco Russo Construcciones, S.L., en fecha 20 de Septiembre de 2010, auto de declaración de concurso voluntario de "Francisco Russo Construcciones, S.L.", con CIF número B-50731579 y domiciliada en Zaragoza, Paseo de las Damas, número 2, escalera 2° B, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, al tomo 2129, folio 206, hoja número Z‑21312, inscripción primera, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zaragoza. Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Zaragoza, 20 de septiembre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.