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Procédure collective

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CIF B80740566Voir la fiche société

Publications
228/10/201002/04/2011
Procédure
848/2010
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal02/04/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 848/2010Ordonnance 23/03/2011

    Edicto. Doña Yolanda Caballero Martín, Secretaria sustituta del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 848/2010 referente al deudor Free Electrónica Servicios, S.L., con CIF B80740566 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de cinco días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el Tablón de Anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 23 de marzo de 2011.- Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal28/10/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 12 de MadridProc. 848/2010Ordonnance 14/10/2010

    Edicto Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (en adelante LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento concursal nº 848/2010, y por Auto de fecha 14 de octubre de 2010, se ha declarado en situación legal de concurso -voluntario- a la mercantil Free Electrónica Servicios, S.L., con CIF B-80740566, y con domicilio social en Torrejón de Ardoz (Madrid), en la calle Torrejón, nº 43, nave 6. 2.º Que los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC, a saber, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se presentará en el Juzgado. El escrito expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición, y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañarán los originales o copias autenticadas del título o de los documentos relativos al crédito. 3.º Que el plazo para la comunicación de los créditos es de quince días, a contar desde la publicación en el BOE a que se refiere el articulo 23 de la LC. 4.º Que al tratarse de un concurso "voluntario", el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento, deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (articulo 184.3 LC). Madrid, 14 de octubre de 2010.- La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.