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Procédure collective

FRUMAISOTO 2010 S.L

CIF B06561013Voir la fiche société

Publications
529/12/202015/06/2023
Procédure
362/2020
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZ · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de Badajoz

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal15/06/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 362/2020Ordonnance 21/12/2020

    Resolución sobre las facultades de administración

  2. Otro acto concursal15/06/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 362/2020Juge : ANTONIO FUENTES BUJALANCEOrdonnance 21/12/2020

    Dispongo Conceder a Mº Jose Cano Cobos, el beneficio de exoneración de deudas solicitado, siendo que desde este el beneficiado deja de ser deudor,de manera provisional de las deudas del tipo indicadas en el art 497 del TRLC según el informe de Ac

  3. Declaración de concurso15/06/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 362/2020Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 21/12/2020

    EDICTO

  4. Otro acto concursal19/01/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 362/2020Juge : ZAIRA GONZALEZ AMADOOrdonnance 12/01/2023

    DE ACUERDO A LA RESOLUCIÓN QUE SE ANEXA EN EL EDICTO

  5. Declaración de concurso29/12/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de BadajozProc. 362/2020Ordonnance 21/12/2020

    Doña Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de Badajoz, por el presente, Hago Saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso núm. 362/2020, se ha dictado en fecha 21 de diciembre de 2020 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor FRUMAISOTO 2010, S.L., CIF B06561013, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Castaño, 4, 06400 Don Benito (Badajoz), a efectos de instar la declaración voluntaria del concurso. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Concurlex Consulting, S.L.P., CIF B86422508, persona jurídica designada Administrador concursal, domicilio a efectos de notificaciones postales calle Alhaken II, 10 3º 3, CP 14008 Córdoba, con email [email protected] a efectos de notificaciones señalada para que los acreedores, a su elección efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deberán dirigirse directamente a la Administración Concursal. En caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito dirigido para tal fin. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 252 TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 512 TRLC). 5º.- El presente edicto se publicará en el BOE con el carácter de publicación gratuita. Las siguientes resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es Badajoz, 22 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.