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Procédure collective
FUNDICION PUJOL MUNTALA SA
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- 1 — 26/06/2013 → 26/06/2013
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso26/06/2013⚖️ BARCELONAOrdonnance 28/05/2013
Edicto dando publicidad a la declaracion de concurso Doña María José Hompanera González, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presento edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13. de Barcelona. Número de asunto.- Concurso Voluntario núm. 315/13-A. Tipo de Concurso.- Concurso Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF.- Fundición Pujol Muntalá, S.A., CIF A08756959. Fecha del auto de declaración.- 21/5/13. Administradores concursales.- PGM Iuris Consulting, S.L.M., quien ha designado a Diana Mercedes Martínez López, c/ Mallorca, 245, 6.º 2.ª, 08008 Barcelona (Barcelona) y teléfono 934876545 y en calidad de abogada y dirección electrónica: [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 28 de mayo de 2013.- María José Hompanera González, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.